DOI: 10.26820/reciamuc/8.(1).ene.2024.1005-1014
URL: https://reciamuc.com/index.php/RECIAMUC/article/view/1354
EDITORIAL: Saberes del Conocimiento
REVISTA: RECIAMUC
ISSN: 2588-0748
TIPO DE INVESTIGACIÓN: Artículo de revisión
CÓDIGO UNESCO: 56 Ciencias Jurídicas y Derecho
PAGINAS: 1005-1014
Análisis de los niños, niñas y adolescentes como sujetos
de derecho
Analysis of children and adolescents as rights holders
Análise da criança e do adolescente como sujeitos de direitos
Jonathan Pablo Intriago Arteaga1; Marcos Luis Noé Santana2; Janeth Evelyn Ruiz Pinto3;
Jonathan David González Márquez4
RECIBIDO: 10/10/2023 ACEPTADO: 23/11/2023 PUBLICADO: 15/01/2024
1. Magíster con Mención en Derecho Procesal; Abogado de los Juzgados y Tribunales del Ecuador;Investigador In-
dependiente; Guayaquil, Ecuador; jonathan_intriago@hotmail.com; https://orcid.org/0009-0002-5188-5577
2. Magíster con Mención en Derecho Constitucional;Abogados de los Juzgados y Tribunales del Ecuador;Investigador
Independiente; Guayaquil, Ecuador; abg.noemarcos@gmail.com; https://orcid.org/0009-0006-8886-9086
3. Abogada de los Juzgados y Tribunales del Ecuador; Investigadora Independiente; Guayaquil, Ecuador; ruizevel@
hotmail.com; https://orcid.org/0009-0001-7265-3516
4. Magíster en Derecho Procesal; Abogado;Investigador Independiente; Guayaquil, Ecuador; jjjdddgggmmm@gmail.
com; https://orcid.org/0009-0008-0034-8759
CORRESPONDENCIA
Jonathan Pablo Intriago Arteaga
jonathan_intriago@hotmail.com
Guayaquil, Ecuador
© RECIAMUC; Editorial Saberes del Conocimiento, 2024
RESUMEN
El análisis de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho representa un cambio fundamental en la manera en que la sociedad
y los sistemas legales perciben y tratan a los menores. Históricamente considerados como objetos de protección y cuidado, sin recono-
cimiento pleno de su autonomía, los niños han pasado a ser vistos como titulares de derechos específicos que deben ser respetados y
promovidos. Para llevar a cabo la revisión bibliográfica sobre el presente artículo de investigación, se realizaron diversas etapas que inclu-
yeron la identificación, selección y evaluación crítica de fuentes relevantes. Inicialmente, se consultaron bases de datos académicas como
Scopus, PubMed y Google Scholar, utilizando palabras clave específicas como "derechos de los niños", "adolescentes como sujetos de
derecho" y "protección legal infantil". Aunque se han logrado avances significativos en el reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes
como sujetos de derecho, la revisión bibliográfica subraya la necesidad de esfuerzos continuos y sostenidos para superar las barreras que
impiden su plena realización. Esto incluye una mayor inversión en educación y sensibilización, tanto a nivel comunitario como institucional,
para fomentar una cultura de respeto y protección de los derechos de los menores. Solo a través de un compromiso constante y una acción
coordinada entre gobiernos, organizaciones internacionales, sociedad civil y las propias comunidades, se podrá garantizar un entorno
donde todos los niños, niñas y adolescentes puedan desarrollarse plenamente y vivir libres de discriminación y violencia.
Palabras clave: Derechos, Niños, Adolescentes, Sujetos, Protección.
ABSTRACT
The analysis of children and adolescents as rights holders represents a fundamental shift in how society and legal systems perceive and
treat minors. Historically considered as objects of protection and care, without full recognition of their autonomy, children have come to be
seen as holders of specific rights that must be respected and promoted. To conduct the literature review for this research article, several
stages were undertaken, including the identification, selection, and critical evaluation of relevant sources. Initially, academic databases
such as Scopus, PubMed, and Google Scholar were consulted, using specific keywords such as "children's rights," "adolescents as rights
holders," and "legal protection of children." Although significant advances have been made in recognizing children and adolescents as
rights holders, the literature review highlights the need for continuous and sustained efforts to overcome the barriers that impede their full
realization. This includes greater investment in education and awareness, both at the community and institutional levels, to foster a culture
of respect and protection of minors' rights. Only through constant commitment and coordinated action among governments, international
organizations, civil society, and the communities themselves, can an environment be guaranteed where all children and adolescents can
fully develop and live free from discrimination and violence.
Keywords: Rights, Children, Adolescents, Holders, Protection.
RESUMO
A análise da criança e do adolescente como sujeitos de direitos representa uma mudança fundamental na forma como a sociedade e os
sistemas jurídicos percebem e tratam os menores. Historicamente consideradas como objetos de proteção e cuidado, sem o reconhec-
imento pleno de sua autonomia, as crianças passaram a ser vistas como detentoras de direitos específicos que devem ser respeitados
e promovidos. Para realizar a revisão da literatura para este artigo de investigação, foram realizadas várias etapas, incluindo a identi-
ficação, seleção e avaliação crítica de fontes relevantes. Inicialmente, foram consultadas bases de dados académicas como Scopus,
PubMed e Google Scholar, utilizando palavras-chave específicas como “direitos da criança”, “adolescentes como titulares de direitos” e
“proteção jurídica da criança”. Embora tenham sido feitos avanços significativos no reconhecimento de crianças e adolescentes como
titulares de direitos, a revisão da literatura destaca a necessidade de esforços contínuos e sustentados para superar as barreiras que
impedem sua plena realização. Isso inclui maior investimento em educação e conscientização, tanto em nível comunitário quanto insti-
tucional, para fomentar uma cultura de respeito e proteção dos direitos dos menores. Somente através do compromisso constante e da
ação coordenada entre governos, organizações internacionais, sociedade civil e as próprias comunidades, será possível garantir um
ambiente onde todas as crianças e adolescentes possam se desenvolver plenamente e viver livres de discriminação e violência.
Palavras-chave: Direitos, Crianças, Adolescentes, Titulares, Proteção.
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Introducción
La infancia y la adolescencia se han con-
vertido en las etapas evolutivas de mayor
preocupación en el desarrollo de las perso-
nas, sin embargo, para llegar a la concep-
ción actual, este grupo debió pasar por la
poca valoración desde el mundo socio-ju-
rídico para concretar su validación como
sujeto activo de derecho. La validación de
niños y adolescentes es de carácter multidi-
mensional dado que es considerada trans-
versal a todo nivel disciplinario. La infancia
y adolescencia fueron, bajo los conceptos
actuales, gravemente desamparadas antes
de que existiesen acuerdos internacionales
para protegerlas. Es importante destacar
que la protección y bienestar de los niños
nace desde una concepción social y cultu-
ral, sin embargo, parte directamente desde
lo judicial (Nazaryh Miranda & Alexis Gon-
zález, 2001).
Las percepciones en relación a qué significa
ser niño, niña o adolescente (NNA) han tenido
diversas concepciones durante el transcurso
de la historia, inicialmente se les referencia-
ba desde aspectos negativos que suponían
la necesidad de un control y disciplina rígida
constante; posteriormente se pasó a concep-
tos idílicos y especialmente positivos. Estas
posturas siempre mantuvieron una particula-
ridad, el no reconocimiento de ellos y ellas
como sujetos de derechos que los posicio-
na desde el empoderamiento y contribución
para la sociedad (del Pilar Cely, 2015).
Hace más de dos décadas la Asamblea Ge-
neral de las Naciones Unidas aprobó la Con-
vención sobre los Derechos del niño. Por pri-
mera vez la comunidad internacional contó
con un instrumento de Derechos Humanos
(DDHH) específico para niños, niñas y ado-
lescentes, con carácter vinculante y que rá-
pidamente fue ratificado por casi la totalidad
de los Estados del planeta. La niñez ya no
sería objeto de protección y de necesidades
sino sujeto de derechos exigibles, iguales
para todos, inalienables e indivisibles. Este
nuevo paradigma tiene como uno de sus
ANÁLISIS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES COMO SUJETOS DE DERECHO
ejes centrales el derecho a la información,
la opinión, la expresión y a ser escuchado.
Estos derechos que la tradición americana
agrupa bajo el rotulo de derecho a la parti-
cipación marcan la ruptura entre niño obje-
to pasivo de compasión y el niño sujeto de
enunciación y actor social (Giorgi, 2012).
La entrada en vigor de la Convención de
los Derechos del Niño (CDN) ha provocado
transformaciones trascendentales en la for-
ma de entender la infancia y la adolescen-
cia. Se produce un cambio en el paradig-
ma, que significó pasar de la doctrina de la
situación irregular o Protección Tutelar, que
concibe al niño como un objeto de protec-
ción del Estado y de la sociedad en gene-
ral, a la doctrina de la Protección Integral
del Niño, que reconoce a los niños, niñas y
adolescentes como sujeto de derecho. Es
así como los Estados iniciaron un proceso
de adecuación de su legislación a la luz de
la doctrina de la Protección Integral, en la
cual se considera al niño, niña o adolescen-
te como sujeto de derecho y de persona en
desarrollo, dejando atrás la concepción de
que el menor era un simple destinatario de
acciones sociales o un mero objeto de sus
padres y del Estado o un sujeto pasivo de
medidas de protección (Gómez de la Torre
Vargas, 2018).
Metodología
Para llevar a cabo la revisión bibliográfica
sobre el presente artículo de investigación,
se realizaron diversas etapas que incluye-
ron la identificación, selección y evaluación
crítica de fuentes relevantes. Inicialmente,
se consultaron bases de datos académicas
como Scopus, PubMed y Google Scholar,
utilizando palabras clave específicas como
"derechos de los niños", "adolescentes
como sujetos de derecho" y "protección le-
gal infantil". Finalmente, se sintetizaron los
hallazgos en categorías temáticas, permi-
tiendo una comprensión integral del estado
actual de la investigación y las prácticas en
la protección de los derechos de los niños,
niñas y adolescentes.
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Resultados
La condición de “sujetos” de derechos.
Una perspectiva desde la teoría de biopo-
der de Foucault
La infancia es una categoría relacional en
la que se pone en juego el poder; relación
que se devela históricamente en las prácti-
cas (discursivas o no) y en las luchas que
la atraviesan. La infancia no es un sujeto a
priori o un sujeto jurídico abstracto formal,
sino una construcción histórica y relacional
(Arias Vanegas, 2017).
En el marco del pensamiento foucaultia-
no (Foucault, 1974), el individuo moderno
no es el sujeto instalado de una vez para
siempre, no es un sujeto soberano al que
se le atribuyen derechos. Un sujeto supues-
tamente autónomo, libre y singular. Por el
contrario, Foucault afirma que se trata de un
sujeto atravesado por influencias sociales,
políticas, culturales, históricamente deter-
minadas. Es un sujeto producido y sujetado
al orden dominador, por lo tanto, son ne-
cesarias las operaciones de subjetivación
que transforman a los seres humanos en
sujetos. En esas operaciones entra, en un
primer momento, la sociedad disciplinaria:
la sociedad de los instrumentos de castigo,
de la policía y de las instituciones de encie-
rro como los asilos, orfanatos, hospicios y
las cárceles; estas últimas como espacios
obligados para resolver los derechos de las
madres judicializadas, lo que priva a los ni-
ños del entorno familiar básico para su de-
sarrollo (Arias Vanegas, 2017).
¿Qué es entonces ser sujetos de derechos?
Ser sujeto es estar sujetado a la sociedad,
entendiendo que esta se transforma por las
fuerzas de poder del momento. Tendríamos
que resignificar, en términos de la forma-
ción, la capacidad del sujeto para emanci-
parse; es decir, a un ciudadano, desde la
definición ético política, un sujeto con capa-
cidad de decidir, tomar parte, hacer escu-
char su voz en igualdad de reconocimiento,
donde todos somos pares, con capacidad
de participar, donde las relaciones sean si-
métricas porque el otro es el reflejo de mi yo.
Para ello, es necesario eliminar del lenguaje
la relación dicotómica y antagónica, una mi-
rada política del sujeto donde no haya me-
nores ni mayores, superiores o inferiores,
débiles o fuertes. La infancia y la adultez
son estados del ser humano, no son condi-
ciones de dignidad o reconocimiento limi-
tadas por estados de incompletud; el niño
o la niña son seres completos, dignos, son
ciudadanos partícipes desde su condición
de ciudadanía, su voz debe ser escuchada
como se escucha la voz del adulto. Es recu-
rrente, sin embargo, la pregunta del adulto
cuando de derechos de los niños se habla,
y ¿dónde están los deberes? Este ejercicio
requiere asegurar que, sin derechos, no hay
deberes y, por otra parte, no se le restituye
a nadie los derechos que nunca ha tenido,
una ruta de restitución de derechos a una
infancia que nunca los ha tenido, no se pier-
de lo que no ha tenido, ni le devuelven lo
que nunca perdió, simplemente no lo tuvo
(Arias Vanegas, 2017).
El campo de los nuevos estudios socia-
les de la infancia
Desde hace poco tiempo, ha empezado a
reconocerse un campo definido como los
nuevos estudios sociales de la infancia, sur-
gido inicialmente como nueva antropología
o nueva sociología de la infancia, pero luego
entendido como un ámbito interdisciplinario
al que se ha incorporado la historia, la geo-
grafía, la literatura, la psicología, el trabajo
social, las ciencias jurídicas y otras discipli-
nas. Este campo se configuró como tal en
el mundo europeo, pero también existe en
América Latina, aún cuando no ha habido
una autodefinición tan explícita de los auto-
res que participan de estas miradas emer-
gentes. En el marco de los nuevos estudios
sociales, la infancia se ha perfilado como
un tema específico de estudio. Lo que se ha
denominado como la autonomía conceptual
de la infancia implica pensar ésta como un
objeto de estudio por derecho propio y no
como un componente secundario de otros
ámbitos, como el familiar, educacional, la
INTRIAGO ARTEAGA, J. P., NOÉ SANTANA, M. L., RUIZ PINTO, J. E., & GONZÁLEZ MÁRQUEZ, J. D.
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política pública u otro. Ello no significa estu-
diarla en forma aislada, sino, por el contra-
rio, su autonomía conceptual es la que hace
posible impulsar, en mayor medida, la inser-
ción de la infancia en contextos institucio-
nales clarificando su permanente relación
con las transformaciones sociohistóricas y
con los ámbitos de género, clases sociales,
etnia y otros. (Vergara et al., 2015)
Como institución social, la infancia tiene una
dimensión pública expresada en lógicas y
prácticas científicas, presencia en los medios
de comunicación, en los discursos políticos,
en la legislación y en las políticas públicas,
entre otras; además de una dimensión más
privada y cotidiana manifestada en las rela-
ciones cara a cara que se dan al interior de
la familia, en las relaciones entre pares, en la
conformación de identidades infantiles y en
otros espacios del mundo de la vida. Des-
de esta perspectiva, la infancia es más bien
una noción abstracta, diferente de los niños,
que corresponden a los sujetos históricos
que habitan el espacio social de la infancia
de manera particular, reproduciéndolo, pero
también contribuyendo a su trasformación
estructural (Vergara et al., 2015).
La infancia como construcción social y el
Sistema de Protección Integral
Más allá de los diferentes marcos teóricos,
existe un amplio consenso en la literatura
académica acerca de la importancia de
las relaciones sociales en el desarrollo de
NNyA desde los primeros momentos de
vida. Establecer vínculos de amor y cuidado
es condición para la constitución subjetiva,
y para ello es necesaria la presencia de un
otro con quien construir un vínculo estable,
sensible y ético. Un aspecto clave de este
vínculo será el rehusamiento de la persona
adulta a tomar el cuerpo del/a niño/a como
objeto de goce. Una perspectiva interesan-
te en el estudio de la Infancia proviene de
Fernán Casas (2006), quien sostiene que la
historia de la Infancia bien puede pensarse
como un lento proceso de acceso a dere-
chos. Según el autor este recorrido histórico
va desde la posibilidad de vetar la vida mis-
ma de NNyA en la Antigua Roma por parte
del pater familias, quien desde una posición
de absoluto poder otorgaba o no el dere-
cho a vivir, hasta el actual paradigma que
entiende a NNyA como sujetos plenos de
derechos y a los Estados como garantes de
los mismos (Clerici, 2019).
La institucionalización de los derechos
en los sistemas locales de protección y
su impacto en la construcción del niño
sujeto de derecho
La innovación más evidente que ha conlle-
vado la adopción de la CDN y las legisla-
ciones locales consecuentes consiste en
considerar a los niños/as como sujetos de
derecho, condición que se materializa prin-
cipalmente a través del reconocimiento de
sus derechos de modo independiente de
otros miembros de la familia. No obstante,
esta novedad que trae la CDN no es sino
en el marco de una tensión inmanente que
emerge entre dos dinámicas centrales. Por
un lado, la inclusión de los niños/as, que se
sostiene deseable en tanto ejercicio de ex-
tensión de los derechos humanos a esta po-
blación desafiando las presunciones de la
“diferencia” de los niños/as y las prácticas
excluyentes basadas en la edad. Por otro
lado, el reconocimiento que destaca el es-
tatus particular de la niñez como colectivo
con formas específicas de vulnerabilidad,
intereses y titularidad de derechos, visua-
lizando a la infancia como una población
prioritaria en materia de protección e inter-
venciones especiales (Magistris, 2018).
Esto se tradujo en varios frentes discursi-
vos, institucionales y prácticos. Por un lado,
en la aprobación de una legislación local en
cada país que suscribió la CDN, que pre-
tendía cierta adecuación a los parámetros
normativos y morales que requería la mis-
ma. Así es que se comenzaron a sancionar
leyes de protección integral de derechos de
niños/as y adolescentes en todo el mundo y
en particular en nuestra región, donde los
esfuerzos de adecuación se centraron fun-
ANÁLISIS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES COMO SUJETOS DE DERECHO
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damentalmente en el cambio normativo e
institucional. Esto comprendía además que
tales cambios normativos devendrían, de
manera automática, en un elemento clave
para generar transformaciones sociopolíti-
cas concretas vinculadas a la infancia, su
protección, sus condiciones de vida y sus
derechos (Magistris, 2018).
Las nuevas configuraciones exigirán renun-
ciar a las categorizaciones de “abandono
moral o material” o “situación de riesgo”
y colocarán a los niños/as y adolescentes
como los nuevos “sujetos de derecho”. A su
vez, los menores dejarán de ser una catego-
ría residual y marginal, para poner el énfasis
en “todos los niños/as”. Por otra parte, se
producen a partir de la institucionalización
de los derechos en estas nuevas normati-
vas un conjunto de dispositivos de muy di-
versa índole (valores, conocimientos, prác-
ticas, instituciones y saberes) que tienen
como efecto la construcción de los niños/as
y adolescentes como sujetos de formas es-
pecíficas y profundamente vinculadas a los
valores socioculturales y procesos políticos
de cada contexto (Magistris, 2018).
Derechos de los niños, niñas y adoles-
centes (NNA)
Las Naciones Unidas aprobaron la Decla-
ración de los Derechos del Niño en 1959,
con el objetivo de asegurar el bienestar y
desarrollo, además de esto se reconocie-
ron los 10 principales derechos, los cuales
son: “Derecho a la igualdad, sin distinción
de raza, religión o nacionalidad; derecho a
una protección especial para que puedan
crecer física, mental y socialmente sanos
y libres; derecho a tener un nombre y una
nacionalidad; derecho a una alimentación,
vivienda y atención médica adecuadas; de-
recho a educación y atenciones especiales
para los niños y niñas con discapacidad;
derecho a comprensión y amor por parte
de las familias y de la sociedad; derecho
a una educación gratuita; derecho a diver-
tirse y jugar; derecho a atención y ayuda
preferentes en caso de peligro; derecho a
ser protegido contra el abandono y el traba-
jo infantil; derecho a recibir una educación
que fomente la solidaridad, la amistad y la
justicia entre todo el mundo” (Arias Casta-
ñeda et al., 2022).
Teniendo en cuenta esto, la Convención In-
ternacional de Derechos del niño (CDN) en
el año 2011, señala que los niños y niñas en
su etapa de infancia tienen derecho a los
cuidados y a asistencias especiales como
la salud, educación y vivienda, sin impor-
tar en lugar donde viva. Es por esto, que la
familia se convierte en un pilar fundamental
para los niños, ya que esta les ayuda en su
crecimiento, bienestar y desarrollo de vida.
Por otro lado, cada niño y niña debe de ser
capaz de reconocer su personalidad para
así poder tener más confianza y criterio al
momento de ser escuchados en situaciones
inesperadas, esto con el objetivo de poder
desenvolverse sin temor o rechazo de los
demás (Arias Castañeda et al., 2022).
De este modo, los niños y niñas buscan fe-
licidad, amor y comprensión de los demás,
dado que, por mucho tiempo los adultos los
veían como personas sin poder y sin dere-
cho a entender u opinar en temas que los
involucran. Asimismo, se pretende que el
niño esté física y mentalmente preparado
para una vida independiente en la sociedad
con el fin de relacionarse con dignidad, to-
lerancia, libertad, igualdad y solidaridad. Fi-
nalmente, se espera que no siga habiendo
una figura adultocentrista, ya que debe pre-
tenderse dejar a un lado su condición física,
social y jurídica para que estos derechos
no sean negociables ni oprimidos, si no por
el contrario sean escuchados y tenidos en
cuenta, para así seguir participando de sus
derechos (Arias Castañeda et al., 2022).
Principios sobre los niños, niñas y ado-
lescentes
Los principios generales son: no discrimina-
ción, el interés superior del niño, el derecho
a la vida, la supervivencia y desarrollo, y la
opinión del niño.
INTRIAGO ARTEAGA, J. P., NOÉ SANTANA, M. L., RUIZ PINTO, J. E., & GONZÁLEZ MÁRQUEZ, J. D.
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El principio de la no discriminación o
de igualdad hace referencia a que todo
niño, niña o adolescente es igual y no
puede ser tratado diferente de manera
negativa por su nacionalidad, edad, na-
cimiento, sexo, religión, etnia condición
social económica, política, cultural, de
salud, de discapacidad o cualquier otra
condición individual, de sus progenito-
res o tutores. Es importante remarcar
tres cosas en cuanto a este principio:
1) se basa en el Derecho internacional
de los Derechos Humanos y ha sido re-
cogido en las diferentes convenciones
internacionales. 2) La discriminación
está marcada como “toda distinción, ex-
clusión, restricción o preferencia… que
tenga por objeto o por resultado anular
o menoscabar el reconocimiento, goce
o ejercicio, en condiciones de igualdad,
de los derechos humanos y libertades
fundamentales. 3) toma en cuenta la dis-
criminación no solo por las condiciones
del niño, niña o adolescente sino tam-
bién la discriminación por condiciones
de los progenitores o tutores (Correa &
Sharilay, 2015).
En cuanto al interés superior del niño,
se puede decir que es un principio guía
o rector para todas las medidas, polí-
ticas y leyes que los Estados promue-
ven. A pesar de que no se detalla a que
se refiere por interés superior del niño,
la Convención invoca a este principio
cuando se toman resoluciones adminis-
trativas, legislativas, públicas o priva-
das. Este principio ha sido usado como
apoyo al contenido en sí de los dere-
chos fundamentales, como también
para resaltar la importancia de los mis-
mos. Este principio al ser tomado como
una guía para las acciones, no sólo es
para los casos concretos que mencio-
na la Convención, sino también para los
asuntos que la Convención no detalla a
profundidad como lo es el castigo cor-
poral, o la edad mínima para casarse
(Correa & Sharilay, 2015).
El tercer principio, hace referencia a la
vida, supervivencia y desarrollo del niño.
Con respecto, al reconocimiento intrín-
seco a la vida, todos los Estados con-
sensuaron no admitiendo excepciones
para el no reconocimiento, sin embargo,
también se comprometieron no reabrir
en tema. Esto en la práctica queda a la
deriva de cada Estado a la hora de to-
mar decisiones en cuanto al aborto, la
pena de muerte a personas menores de
18 años. En cuanto al principio de su-
pervivencia se enfoca a “no morir”, o a
la prevención de la mortalidad infantil,
sobre todo por enfermedades. Este con-
cepto sobrepasa el respeto a la vida,
más aun, cuando se habla de desarrollo.
Cuando se habla de desarrollo se pre-
tende abarcar el concepto de manera
integral, tomando en cuenta el desarro-
llo físico, mental, psicológico, espiritual y
social (Correa & Sharilay, 2015).
Por último, se encuentra la opinión del
niño. Este principio fue plasmado en el
artículo doce, el cual, por su redacción,
puede prestarse para confusiones. La li-
bertad de opinar en los asuntos que los
afecten está ligada a la condición del
niño para formarse un juicio propio, que
a su vez está ligado a la edad y madu-
rez. Esto conlleva a que en la práctica se
torna difícil decidir y concretar en políti-
cas o leyes, ya que quién podría decidir
si está o no en la capacidad de formarse
un juicio, si la persona es o no madura.
Por tal razón, el principio contempla que
la opinión en cuanto a procesos admi-
nistrativos o judiciales podrá darse de
manera directa o indirecta mediante un
representante u organismo (Correa &
Sharilay, 2015).
El contexto socioeconómico ecuatoriano
y sus efectos en la aplicación de la Con-
vención sobre los Derechos del Niño
La ratificación de la Convención por parte
del Ecuador significa que el país ha asumi-
do, tanto el postulado de que todos los ni-
ANÁLISIS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES COMO SUJETOS DE DERECHO
1012 RECIAmUC VOL. 8 Nº 1 (2024)
ños, niñas y adolescentes tienen derechos
y deben ser capaces de exigir su cumpli-
miento, así como la obligación de respetar
y proteger esos derechos y generar las con-
diciones para que la niñez y la adolescen-
cia puedan exigir su cumplimiento. Sin em-
bargo, la aplicación de la Convención se ha
visto limitada, en la mayoría de casos, por
la situación socioeconómica de los países
que, ante una crisis económica, imponen
recortes a los rubros vinculados al sector
social y, entre ellos, a los programas y ser-
vicios para la atención a la infancia. El caso
del Ecuador no dista de lo antes menciona-
do. De hecho, el contexto socioeconómico
del país ha marcado el ritmo y la calidad de
la inversión destinada a la niñez y adoles-
cencia y por lo tanto ha tenido serios efec-
tos en las políticas públicas de protección a
la infancia (Legarda, 2020).
Para el 2016 la pobreza infantil por ingresos
se ubicaba en el 30%, mientras que la ex-
trema pobreza por ingresos y la multidimen-
sional se ubicaban en el 12% y el 42% res-
pectivamente. Esto significa que, aunque la
pobreza ha disminuido tanto para la pobla-
ción total como para la niñez y adolescencia,
este decrecimiento se ha estancado desde
el 2014 y la brecha de la pobreza entre la
población general y la niñez no ha variado
sustancialmente en estos últimos años. En
este contexto, existe una generalizada pre-
ocupación por las consecuencias que la
crisis tendrá en la vida de los niños y sus
familias. El debilitamiento que ha sufrido el
sistema nacional descentralizado de protec-
ción integral de la niñez y adolescencia, a
pesar de estar reconocido en el artículo 341
de la Constitución y en el Código de la Ni-
ñez y Adolescencia, puede ser un factor que
profundice los efectos de la crisis socioeco-
nómica en la vulneración de derechos de la
niñez y adolescencia (Legarda, 2020).
En septiembre de 2017, dentro del proceso
del Examen Periódico Universal, el Estado
ecuatoriano recibió recomendaciones por
parte del Comité de Derechos del Niño para
fortalecer las responsabilidades estatales en
cuanto a la aplicación y cumplimiento de la
CDN en el país. Como una de las principales
preocupaciones del Comité, se señala que
el problema central en torno a la dificultad
que el Estado ha tenido para eliminar y con-
tener las situaciones que generan riesgos y
vulneraciones del derecho a la protección en
contra de la violencia a niños, niñas y adoles-
centes, tiene que ver con la debilidad institu-
cional para la protección a la niñez y adoles-
cencia y la eliminación de las instituciones
antes responsables de la aplicación de sus
derechos como el Consejo Nacional de la
Niñez y Adolescencia y los Consejos Canto-
nales de la Niñez y Adolescencia. Esta situa-
ción, según el Comité, ha traído las siguien-
tes consecuencias: (1) la falta de un marco
normativo del sistema de protección, (2) la
ausencia de un ente rector de la política de
protección de la niñez, (3) el debilitamiento
de las políticas de Estado en el tema de la
protección; y (4) una disminución importan-
te en cuanto a la calidad de la inversión en
programas y servicios destinados a la niñez
y adolescencia (Legarda, 2020).
La aplicación de la Convención sobre los
Derechos del Niño en el Ecuador: Situa-
ción del derecho a la convivencia familiar
y comunitaria
En el Ecuador diversos factores ponen ries-
go su cumplimiento. La combinación de
distintas causas entre las que se destacan
la violencia, la pobreza y la falta de ingre-
sos, el consumo de alcohol y drogas y los
desastres naturales ponen en riesgo el de-
recho de los niños a vivir en familia. Ante
esta realidad, en ocasiones los padres,
madres u otros adultos responsables de su
crianza ven limitada la posibilidad de pro-
porcionar a los niños un cuidado adecuado.
La interrelación de tales problemáticas ad-
quiere múltiples combinaciones y trae como
resultado que los niños estén expuestos al
riesgo de perder el cuidado de sus familias
y separarse de ellas. En los casos más ex-
tremos, este derecho ya les ha sido directa-
mente vulnerado (Legarda, 2020).
INTRIAGO ARTEAGA, J. P., NOÉ SANTANA, M. L., RUIZ PINTO, J. E., & GONZÁLEZ MÁRQUEZ, J. D.
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Según datos del análisis sobre la situación
de los derechos de la niñez y adolescencia,
realizado por Aldeas Infantiles SOS Ecuador
en el 2015, el 8% de la población de niñez y
adolescencia en el país no viven con sus pro-
genitores, lo que significa aproximadamente
480 mil niños, niñas y adolescentes. Del total
de estos niños, el 4% se encuentra en riesgo
de separación familiar por situaciones vincu-
ladas a la violencia intrafamiliar, consumo de
alcohol y/o drogas y la falta de ingresos en sus
hogares. Si estas variables son aplicadas al
total de la población de niñez y adolescencia
en el Ecuador, aproximadamente el 5% vive
situaciones de violencia intrafamiliar, consu-
mo de alcohol y/o drogas o desempleo. Esto
da cuenta, efectivamente, de la ausencia de
programas preventivos y de acompañamien-
to familiar que permitan fortalecer las habili-
dades de cuidado y protección de las fami-
lias. Al indagar sobre las principales razones
por las que los niños, niñas y adolescentes
en el país ingresan a servicios de acogimien-
to institucional, este estudio concluye que las
más recurrentes son la violencia intrafamiliar,
la negligencia y el abuso y/o explotación se-
xual (Legarda, 2020).
Tras el último Examen Periódico Universal
realizado al Ecuador, el Comité de Derechos
del Niño recomendó al Estado que adopte
una estrategia para promover que el cuida-
do de los niños esté centrado en la familia en
todas las circunstancias, y asigne recursos
técnicos, humanos y financieros para preve-
nir la separación familiar innecesaria. Asimis-
mo recomendó que se implemente una es-
trategia para la desinstitucionalización de los
niños con un marco de tiempo, estándares
de calidad e indicadores medibles para dar
lugar a la reintegración familiar siempre que
sea en el mejor interés del niño Frente a es-
tas recomendaciones, desde abril de 2019
el Estado a través del MIES y con apoyo de
la sociedad civil, ha venido implementando
el programa de apoyo familiar y ha desarro-
llado otras modalidades alternativas de cui-
dado: custodia en familia ampliada y acogi-
miento familiar (Legarda, 2020).
Conclusión
El análisis de los niños, niñas y adolescen-
tes como sujetos de derecho demuestra un
avance notable en la teoría y práctica del re-
conocimiento de sus derechos. A través de
la revisión bibliográfica, se evidencia que los
marcos legales internacionales, como la Con-
vención sobre los Derechos del Niño de las
Naciones Unidas, han sido fundamentales
para establecer estándares universales en la
protección de los derechos de los menores.
Estos marcos han influido en la creación de
legislaciones nacionales y políticas públicas
que buscan garantizar la protección integral
de los niños, niñas y adolescentes.
Sin embargo, la implementación efectiva de
estas normativas enfrenta múltiples desafíos.
A pesar de los esfuerzos legislativos, persisten
desigualdades significativas en el acceso a
derechos fundamentales, como la educación,
la salud y la protección contra la violencia y el
abuso. Factores socioeconómicos, culturales
y políticos a menudo limitan la efectividad de
las políticas públicas, especialmente en con-
textos de pobreza y exclusión social.
La investigación destaca la importancia de
reconocer a los niños, niñas y adolescen-
tes como agentes activos en la promoción
y defensa de sus derechos. Se observa una
creciente tendencia hacia la inclusión de
sus voces en procesos de toma de decisio-
nes, lo que refleja un cambio paradigmático
hacia un enfoque más participativo y res-
petuoso de su autonomía. Este enfoque no
solo fortalece la capacidad de los menores
para abogar por sí mismos, sino que tam-
bién mejora la calidad y efectividad de las
políticas y programas dirigidos a ellos.
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CITAR ESTE ARTICULO:
Intriago Arteaga, J. P., Noé Santana, M. L., Ruiz Pinto, J. E., & Gonzá-
lez Márquez, J. D. (2024). Análisis de los niños, niñas y adolescentes
como sujetos de derecho. RECIAMUC, 8(1), 1005-1014. https://doi.
org/10.26820/reciamuc/8.(1).ene.2024.1005-1014
INTRIAGO ARTEAGA, J. P., NOÉ SANTANA, M. L., RUIZ PINTO, J. E., & GONZÁLEZ MÁRQUEZ, J. D.